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El Municipio brinda precisiones sobre la implementación de la nueva ordenanza de transporte para remisses, taxis y apps en General Alvarado

(imagen ilustrativa)

Tras la aprobación en el Concejo Deliberante de la normativa que busca regular el servicio de taxis, remisses y plataformas electrónicas, el Municipio de General Alvarado difundió detalles adicionales sobre la aplicación de la Ordenanza Municipal Nº 181/26. Esta medida, que fue aprobada recientemente por mayoría en el recinto legislativo, establece un marco de igualdad de condiciones para todos los prestadores, permitiendo la operación legal de aplicaciones como Uber, Cabify o Didi, siempre que cumplan con exigencias similares a las de los servicios tradicionales.

Como había adelantado EL DIARIO DE MIRAMAR tras su aprobación, el proyecto surgió con la intención de unificar criterios de seguridad y profesionalismo en el transporte de pasajeros. Desde la administración municipal se destacó que esta normativa es el resultado de una iniciativa conjunta entre el gobierno local y las entidades de transporte locales, subrayando que su finalidad primordial es «ordenar y proteger el trabajo local, ya que los vehículos y los choferes deben ser locales, y habilitados en el Partido de General Alvarado».

La normativa profundiza en los requisitos indispensables para circular, exigiendo a todos los conductores poseer licencia de conducir profesional categoría D, un seguro con cobertura para terceros transportados, la Verificación Técnica Vehicular (VTV) específica para transporte de pasajeros y una antigüedad máxima de 15 años para las unidades. A estos puntos se suman ahora precisiones brindadas por el Municipio que no habían trascendido inicialmente, como la obligatoriedad de contar con una habilitación municipal anual y la presentación de un certificado de libre deuda. Asimismo, se ratifica la prohibición de vidrios polarizados y la necesidad de que los choferes cuenten con certificados de antecedentes penales y mantengan una vestimenta adecuada.

En cuanto a la operatividad en la vía pública, la ordenanza es taxativa al establecer diferencias según la modalidad. La normativa indica que la modalidad de taxis es la única autorizada para la captación de pasajeros en la vía pública y el uso de paradas oficiales, manteniendo su identificación visual de color blanco con techo rojo. Por el contrario, los remises y las plataformas electrónicas tienen una prohibición absoluta de levantar pasajeros en la calle sin una contratación previa, la cual debe realizarse exclusivamente por vía telefónica, presencial o mediante las aplicaciones registradas.

Para garantizar el cumplimiento de estas reglas, se implementará el uso de obleas identificatorias con códigos QR que permitirán la fiscalización inmediata de los datos del titular y la vigencia de la documentación. Las Direcciones Municipales de Inspección General y de Tránsito han sido designadas como las autoridades de aplicación, quedando facultadas para realizar operativos y secuestrar vehículos en infracción. El incumplimiento de estas normas podrá derivar en multas de hasta 1.000 Unidades Fijas, la caducidad de la habilitación o la inhabilitación de los conductores.

Finalmente, el Ejecutivo local informó que con la entrada en vigencia de este texto quedan derogadas las ordenanzas anteriores que regulaban los servicios de taxis y remises de forma separada. Los prestadores cuentan con un plazo de adecuación de 60 días corridos a partir de la promulgación para ajustarse a las nuevas exigencias antes de que comiencen los controles y sanciones efectivas. Aquellos interesados en obtener más información o iniciar trámites de habilitación pueden dirigirse a la Dirección de Inspección General, ubicada en calle 17 Nº 1630, de lunes a viernes en el horario de 07:00 a 13:00.

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