Oscar Echenique, uno de los tres policías condenados a perpetua por el abuso y el crimen de Natalia Melmann (15) en febrero de 2001, podría recibir el beneficio de la prisión domiciliaria. Ante esa posibilidad, los familiares de la adolescente fueron terminantes: «A esta persona no le corresponde volver a la sociedad, tiene que cumplir su condena preso».
Por Alfredo Ves Losada – Corresponsal de Télam en Mar del Plata
La familia de Natalia Melmann, la adolescente de 15 años abusada sexualmente y asesinada en el verano de 2001 en Miramar, expresó este domingo su rechazo a la posibilidad de que uno de los tres policías condenados a prisión perpetua por el crimen termine de cumplir su pena fuera de la cárcel, tras un nuevo pedido de libertad condicional.
Gustavo Melmann, padre de la víctima, pidió que la Justicia de Ejecución Penal no haga lugar a un planteo presentado días atrás por la defensa de Oscar Alberto Echenique (62) para que sea beneficiado con ese régimen.
«A esta persona no le corresponde volver a la sociedad, tiene que cumplir su condena preso por la salvajada que hicieron. Para nosotros, como familia, es una tortura tener que estar todo el tiempo en alerta por los pedidos constantes para que los excarcelen. Llevamos veinte años sin poder completar el duelo, pensando que alguno de estos animales pueda volver a la calle», dijo Melmann en diálogo con Télam.
Echenique fue condenado en septiembre de 2002 a la pena de reclusión perpetua por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de Mar del Plata junto a otros dos expolicías, Ricardo Anselmini (54) y Ricardo Suárez (60); como coautor de los delitos de «rapto, abuso sexual con acceso carnal agravado por la pluralidad de personas y homicidio criminis causa».
De acuerdo a la legislación vigente, desde el 7 de junio último está en condiciones de aspirar a un régimen de libertad condicional por haber cumplido 20 años de reclusión, pero debe cumplir además con otros requisitos.
A partir del pedido de la defensa, a cargo de Patricia Perelló, el juez de Ejecución Penal 1 marplatense, Ricardo Perdichizzi solicitó una serie de informes a la Unidad Penal 44 de Batán donde se encuentra alojado.
El magistrado pidió al Departamento Técnico Criminológico del establecimiento penitenciario un «dictamen de conveniencia sobre la aplicación» de este beneficio, un «informe ambiental en el domicilio en el que residiría» el expolicía en caso de acceder a este régimen, y un «gráfico de conducta correspondiente al mismo con indicación de las sanciones disciplinarias que hubiera recibido».
Solicitó, además, «los sumarios disciplinarios que no hayan sido revisados judicialmente, impuestos al nombrado para su debido control jurisdiccional».
Fuentes judiciales aseguraron a Télam que la incorporación de esta documentación demandará al menos un mes, y a partir de ello deberá emitir un dictamen la fiscalía ante el juzgado y también expondrán la familia como particular damnificado y la defensa sus argumentos en favor o en contra de la medida, antes de una resolución.
El padre de la víctima adelantó que la familia, representada por el abogado Yamil Castro Bianchi, sostendrá su rechazo a «cualquier tipo de excarcelación» de los condenados, tal como ocurrió en instancias anteriores en las que fueron presentados planteos similares.
En diciembre de 2021, la Justicia rechazó un pedido de libertad condicional anticipada presentado por Echenique y Anselmini, pero ese fallo no impide a los condenados insistir en nuevos planteos.
En aquel caso, el magistrado no hizo lugar al pedido de la defensa para que fueran beneficiados antes de tiempo con ese régimen a partir de distintos los cursos de formación realizados por ambos durante el tiempo que llevan presos.
En línea con lo expresado entonces por la familia de la víctima y por la fiscalía, el juez Perdichizzi consideró que ninguno de los dos cumplía los requisitos necesarios para dejar el penal, independientemente de los plazos.
En el caso de Echenique entendió que los cursos y capacitaciones realizadas no eran suficientes para adelantar una eventual excarcelación, y que tampoco cumplía el resto de los requisitos, según los informes psicológicos y criminalísticos realizados.
Aunque mencionó su «buena conducta» y su desempeño laboral «favorable» en el penal, subrayó que los aspectos psicológicos relevados indicaban «clara y concretamente la inviabilidad de aplicación del instituto requerido, así como su falta de correlación con el grado de avance demostrado por el condenado a lo largo de su pena».
El juez también sostuvo que por «la cercanía física entre el domicilio ofrecido como residencia y el de la madre de la víctima, es indudable que tampoco es posible el régimen en estas condiciones».
Ese fallo de Perdichizzi fue confirmado por la Cámara de Apelaciones marplatense, pero a partir de un recurso interpuesto por la defensa será analizado por el Tribunal de Casación Penal bonaerense.
El crimen de Melmann ocurrió el 4 de febrero de 2001 y conmocionó a la ciudadanía en plena temporada de verano.
Según se estableció en el juicio realizado en 2002, la víctima fue obligada a subir a una camioneta de la Policía bonaerense y llevada a una casa ubicada en el extremo sur de Miramar, donde «fue accedida carnalmente», y luego, «con el inequívoco propósito de procurar la impunidad de la agresión sexual, la víctima fue muerta por asfixia, estrangulada con un lazo confeccionado con el cordón de una de sus zapatillas».
Los tres policías condenados trasladaron luego el cuerpo al vivero Florentino Ameghino, donde fue hallado cuatro días más tarde, debajo de una pila de hojas.
Por el hecho también fue sentenciado, pero a 25 años de cárcel, Gustavo Gallo Fernández, por su participación en el secuestro, aunque la pena fue reducida luego a 10 años de prisión.
A su vez, en junio de 2018 se celebró un nuevo juicio en el TOC 4 marplatense a un cuarto policía acusado, Ricardo Panadero (65), quien fue absuelto porque los jueces consideraron que no pudo acreditarse la acusación.
Ese fallo fue apelado por la fiscalía y por la familia de Natalia, y el 13 de noviembre de 2019, la Sala III del Tribunal de Casación bonaerense anuló esa absolución y ordenó la realización de un nuevo proceso, que se desarrollará en 2023.
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